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Como lo establece la Ley 93 del 4 de octubre de 1974
Un total de 11 mil 431 contratos de alquiler, tanto comercial como habitacional, fueron registrados durante el periodo julio 2014 hasta la fecha, en la Dirección General de Arrendamientos del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot).
La Directora General de esta dependencia, Naydú Rudas, señaló que todos estos contratos deben ser inscritos de manera obligatoria, como lo establece el Artículo 5 que dispone lo siguiente: “Todo contrato de arrendamiento deberá formalizarse por escrito en formatos suministrados por esta dirección”.
De no ser así, el Miviot tiene la potestad de sancionar a estas personas, como lo establece la Ley 93 del 4 de octubre de 1974.
Rudas reiteró que la Dirección General de Arrendamientos ofrece asesoramiento gratuito, en todo lo relacionado a los contratos, conflictos y demandas.
Viernes, 22 de marzo de 2019.
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