Para que puedan obtener títulos de propiedad
Para lograr que beneficiarios residentes en edificios de interés social, puedan obtener su título de propiedad, es necesaria la incorporación de estos inmuebles al Régimen de Propiedad Horizontal (PH), manifestó, Cristóbal Espinosa, Director de PH, del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), en reunión sostenida con representantes del Banco Hipotecario Nacional.
El funcionario indicó que para iniciar con el proceso de incorporación de estos inmuebles de interés social al Régimen de Propiedad Horizontal, se ha coordinado esta reunión a fin de evaluar y determinar los procesos, requisitos y excepciones que establece la Ley 31 del 18 de junio del 2010 y la Resolución N° 119-08 del 8 de mayo del 2008, en cuanto a los requisitos mínimos para la incorporación al Régimen de Propiedad Horizontal de los Edificios del Banco Hipotecario Nacional.
“Debemos tener claro, que estos edificios por ser de interés social y con miras a que estas familias que ocupan edificios de alquiler propiedad del Banco Hipotecario Nacional, puedan tener la oportunidad de obtener su título de propiedad, es necesario la incorporación de estos Edificios al Régimen de Propiedad Horizontal, mediante las resoluciones correspondientes.” puntualizó.
En la reunión participó además, el equipo técnico y legal de la Dirección de Propiedad Horizontal del MIVIOT, así como Fabricio González, de Asesoría Legal del Banco Hipotecario, donde acordaron próximas reuniones para verificar el avance de estos procesos que están sustentados por la Ley 31 de 18 de junio del 2010 y la Resolución N° 119-08 del 8 de mayo del 2008.
Miércoles, 25 de marzo de 2015.
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