Dirección de Arrendamientos seguirá rechazando solicitudes de descuento directo con garantía hipotecaria

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No corresponden a préstamo de vivienda 

Personal de la Dirección General de Arrendamientos del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) ha detectado que gran cantidad de bancos están ofreciendo préstamos personales con garantía hipotecaria y remiten las solicitudes a la entidad, para que se emita la resolución de descuento directo obligatorio como si fuera un descuento para la adquisición de una vivienda.

Naydú Rudas, directora de esta dependencia, informó que la Ley 97 del 4 de octubre de 1973 regula el descuento directo obligatorio para el pago del préstamo de vivienda, con el fin de proteger el techo de las familias una  vez que las personas adquieran su bien inmueble con las entidades bancarias.

“Al momento de realizar las verificaciones, hemos encontrado que el descuento directo no es para la adquisición de la vivienda toda vez que la propia finca o inmueble ya se encuentra registrado a nombre de la persona que solicita el préstamo, es allí donde detectamos que se trata de otra figura distinta al préstamo hipotecario y procedemos al rechazo de la solicitud, pues la ley especifica que la resolución de descuento directo que emite el Miviot es para adquirir una casa, y no para otros fines”, explicó Rudas. 

La directora de Arrendamientos manifestó que nada impide a la banca remitir el descuento directo al empleador  de los préstamos personales, siempre y cuando, se haga constar que se trata de un préstamo personal o cualquier otro producto del mercado distinto al préstamo hipotecario.

Sin embargo, agregó que siguen llegando las solicitudes al Miviot para que la entidad emita una resolución y la envíe al empleador y de esta forma obtener una doble garantía del préstamo personal, ya que ese dinero queda protegido por ley, sin que el dinero sea destinado para el pago de vivienda.
De acuerdo con la ley, sobre el descuento de vivienda solo prevalece la pensión alimenticia ordenada por un juzgado.

“Verificamos cada solicitud que nos envían, ya que irónicamente lo que se está haciendo en algunos casos es poniendo en riesgo el bien inmueble que la entidad está llamada a proteger. Y la banca tiene el deber de hacer el análisis del cliente y verificada su capacidad de crédito tramitar el descuento de los préstamos personales por la vía correspondiente, ya que no es lo mismo el préstamo hipotecario que el préstamo personal con garantía hipotecaria” mencionó. 

Rudas exhortó a la población que si el préstamo es personal con garantía hipotecaria no deben firmarle al banco solicitudes dirigidas al Miviot, debido a que a la entidad solo le compete exclusivamente la aprobación del préstamo para la adquisición o el alquiler de una vivienda siendo las únicas dos resoluciones que se emiten en concepto de descuento directo

La dirección General de Arrendamientos continuará devolviendo aquellas solicitudes que no correspondan a la adquisición de una vivienda o alquiler.

Lunes, 30 de Julio de 2018.


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