Dirección de Arrendamientos seguirá rechazando solicitudes de descuento directo con garantía hipotecaria
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No corresponden a préstamo
de vivienda
Personal de la Dirección
General de Arrendamientos del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial
(Miviot) ha detectado que gran cantidad de bancos están ofreciendo préstamos
personales con garantía hipotecaria y remiten las solicitudes a la entidad,
para que se emita la resolución de descuento directo obligatorio como si fuera
un descuento para la adquisición de una vivienda.
Naydú Rudas, directora de
esta dependencia, informó que la Ley 97 del 4 de octubre de 1973 regula el
descuento directo obligatorio para el pago del préstamo de vivienda, con
el fin de proteger el techo de las familias una vez que las personas
adquieran su bien inmueble con las entidades bancarias.
“Al momento de realizar
las verificaciones, hemos encontrado que el descuento directo no es para la
adquisición de la vivienda toda vez que la propia finca o inmueble ya se
encuentra registrado a nombre de la persona que solicita el préstamo, es allí
donde detectamos que se trata de otra figura distinta al préstamo hipotecario y
procedemos al rechazo de la solicitud, pues la ley especifica que la resolución
de descuento directo que emite el Miviot es para adquirir una casa, y no para
otros fines”, explicó Rudas.
La directora de
Arrendamientos manifestó que nada impide a la banca remitir el descuento
directo al empleador de los préstamos personales, siempre y cuando, se
haga constar que se trata de un préstamo personal o cualquier otro producto del
mercado distinto al préstamo hipotecario.
Sin embargo, agregó que
siguen llegando las solicitudes al Miviot para que la entidad emita una
resolución y la envíe al empleador y de esta forma obtener una doble garantía
del préstamo personal, ya que ese dinero queda protegido por ley, sin que el
dinero sea destinado para el pago de vivienda.
De acuerdo con la ley,
sobre el descuento de vivienda solo prevalece la pensión alimenticia ordenada
por un juzgado.
“Verificamos cada
solicitud que nos envían, ya que irónicamente lo que se está haciendo en
algunos casos es poniendo en riesgo el bien inmueble que la entidad está
llamada a proteger. Y la banca tiene el deber de hacer el análisis del cliente
y verificada su capacidad de crédito tramitar el descuento de los préstamos
personales por la vía correspondiente, ya que no es lo mismo el préstamo
hipotecario que el préstamo personal con garantía hipotecaria” mencionó.
Rudas exhortó a la
población que si el préstamo es personal con garantía hipotecaria no deben
firmarle al banco solicitudes dirigidas al Miviot, debido a que a la entidad
solo le compete exclusivamente la aprobación del préstamo para la adquisición o
el alquiler de una vivienda siendo las únicas dos resoluciones que se emiten en
concepto de descuento directo
La dirección General de
Arrendamientos continuará devolviendo aquellas solicitudes que no correspondan
a la adquisición de una vivienda o alquiler.
Lunes, 30 de Julio
de 2018.
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