Miviot explica rol de los administradores en edificaciones de PH

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 En segundo congreso de Acobir

Los administradores en las edificaciones de Propiedad Horizontal (PH) deben hacer docencia de los deberes y derechos en cuanto al manejo de fondos, mantenimiento, conservación de las áreas comunes y resolución de conflictos entre los propietarios, destacó el director de PH del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Cristóbal Espinosa.

Las declaraciones de Espinosa se dan durante su exposición “Administración en la Propiedad Horizontal”, en el segundo congreso nacional de la Asociación Panameña de Corredores y Promotores de Bienes Raíces (Acobir), que se llevó a cabo en Panamá.

Señaló que un administrador no debe ser miembro de la Junta Directiva, porque no puede ser juez y parte, sino ser un facilitador de la información a los diferentes entes que conforman un PH.

También se explicó que deben ser canalizadores de las diferentes quejas y situaciones que se dan entre propietarios y la gestión de cobro de las cuotas de gastos comunes de los mismos.

El director de PH Destacó que “como directivos de Propiedad Horizontal debemos ser una balanza entre el promotor y el propietario, es como una corregiduría grande, porque se tiene que ver consultas, quejas, incorporaciones, calificaciones de actas y modificaciones, eso nos ha permitido percibir las deficiencias que existen, por eso necesitamos una alianza con todos los ustedes”.

En este congreso participaron además unos 12 expositores entre ellos la directora General de Arrendamientos del Miviot, Naydú Rudas.

Lunes, 30 de octubre de 2017













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